Normativa sobre residuos de construcción y demolición
Conoce las principales obligaciones para la gestión de RCD y la normativa aplicable a obras y demoliciones en España y la Comunidad de Madrid.
¿Qué normativa regula los residuos de construcción y demolición?
La gestión de los residuos generados durante una obra o demolición está sujeta a diferentes requisitos relacionados con su identificación, separación, almacenamiento, transporte y tratamiento.
Estas obligaciones afectan a los distintos agentes que intervienen en los trabajos y tienen como objetivo garantizar una correcta gestión y trazabilidad de los residuos.
Normativa estatal
Real Decreto 105/2008
El Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, regula específicamente la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición y establece obligaciones para los diferentes agentes que intervienen en su producción y gestión. BOE
> Consultar Real Decreto 105/2008 en el BOE
Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados
La Ley 7/2022, de 8 de abril, establece el marco general actual en materia de residuos e incorpora obligaciones especialmente relevantes para los RCD, como la clasificación de determinadas fracciones y la demolición selectiva.
Normativa de RCD en la Comunidad de Madrid
En la Comunidad de Madrid, la gestión de los RCD está sujeta tanto a la normativa estatal como a disposiciones autonómicas específicas.
Entre las referencias principales se encuentra la Orden 2726/2009, de 16 de julio, que regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid. Actualmente también son relevantes la Ley 1/2024 de Economía Circular de la Comunidad de Madrid y el Decreto 110/2024, relativo a determinados usos de áridos reciclados procedentes de la valorización de RCD.
> Ver información oficial sobre RCD de la Comunidad de Madrid

¿Quién es el productor y quién el poseedor de RCD?
La normativa diferencia entre el productor y el poseedor de los residuos de construcción y demolición.
De forma general, el productor está relacionado con la persona física o jurídica titular del inmueble o de la actuación que genera los residuos, mientras que el poseedor es quien tiene los RCD en su poder y ejecuta materialmente la obra o demolición.
En este último grupo pueden encontrarse constructores, subcontratistas o trabajadores autónomos que ejecutan los trabajos. Comunidad de Madrid
Productor de RCD
Es el agente al que la normativa atribuye determinadas obligaciones relacionadas con la planificación y acreditación de la gestión de los residuos generados por la obra.
Productor de RCD
Es el agente al que la normativa atribuye determinadas obligaciones relacionadas con la planificación y acreditación de la gestión de los residuos generados por la obra.
Obligaciones del productor de RCD
El productor de residuos de construcción y demolición debe prever cómo se gestionarán los residuos antes de que comiencen los trabajos.
Cuando la actuación requiere proyecto de ejecución, este debe incorporar un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición en el que se estimen los residuos que se generarán y se planifique su prevención, separación y destino. BOE
Estimar los residuos
Identificar los tipos de residuos que previsiblemente se generarán durante los trabajos y estimar sus cantidades.
Planificar su gestión
Definir las medidas previstas para prevenir residuos y las operaciones de reutilización, valorización o eliminación a las que se destinarán.
Prever su separación
Establecer cómo se realizará la separación de los diferentes materiales generados durante los trabajos.
Organizar las zonas de gestión
El estudio debe contemplar los espacios previstos para el almacenamiento, manejo y separación de los residuos dentro de la obra.
Incluir el coste de gestión
Los costes asociados a la gestión de los RCD deben contemplarse dentro del estudio y del presupuesto correspondiente.
Acreditar su correcta gestión
El productor debe disponer de la documentación que permita acreditar que los residuos generados han sido gestionados correctamente. En la Comunidad de Madrid, además, determinadas actuaciones sometidas a intervención municipal pueden requerir una fianza o garantía financiera para asegurar la correcta gestión de los RCD. Comunidad de Madrid

Obligaciones del poseedor de RCD
El poseedor es quien tiene materialmente los residuos durante la ejecución de la obra. En una demolición, esta condición corresponde normalmente a quien ejecuta los trabajos, como el constructor, los subcontratistas o los trabajadores autónomos.
Entre sus principales obligaciones se encuentran planificar cómo aplicará la gestión prevista para los residuos, mantenerlos adecuadamente mientras permanezcan en la obra y asegurar su entrega y tratamiento conforme corresponda.
Elaborar un plan de gestión
Quien ejecuta la obra debe presentar a la propiedad un plan que determine cómo llevará a cabo las obligaciones relacionadas con los RCD generados durante los trabajos.
Separar los residuos
Los diferentes materiales deben clasificarse y separarse conforme a los requisitos aplicables para facilitar su posterior reutilización, reciclaje o valorización.
Mantenerlos adecuadamente
Mientras permanezcan bajo su control, los residuos deben mantenerse en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, evitando además mezclar fracciones que ya hayan sido separadas.
Entregarlos para su gestión
Cuando el poseedor no gestione directamente los residuos, debe entregarlos a un gestor de residuos o utilizar los mecanismos legalmente previstos para su gestión.
Conservar la documentación
La entrega de los residuos y su posterior gestión deben quedar documentadas, permitiendo identificar su procedencia, tipo, cantidad y destino.
Asumir los costes de gestión
El poseedor debe sufragar los costes correspondientes a la gestión de los residuos y facilitar al productor los certificados y demás documentación acreditativa.
¿Y en una obra menor en una vivienda?
El Real Decreto 105/2008 establece un régimen específico para las obras menores de construcción o reparación domiciliaria: las obligaciones de sus artículos 4 y 5 no se aplican de la misma manera y estos residuos quedan sujetos a los requisitos establecidos por las entidades locales en sus ordenanzas.
Separación obligatoria de residuos en obra
La normativa establece la clasificación separada de los residuos de construcción y demolición no peligrosos para facilitar su reutilización, reciclaje y valorización.
Desde el 1 de julio de 2022, los RCD no peligrosos deben clasificarse, como mínimo, en diferentes fracciones. Esta clasificación debe realizarse preferentemente en el propio lugar donde se generan los residuos.
Madera
Elementos de madera procedentes de estructuras, carpinterías, revestimientos y otros componentes de la construcción.
Fracciones minerales
Hormigón, ladrillos, azulejos, materiales cerámicos y piedra deben formar parte de la clasificación diferenciada de los RCD.
Metales
Los diferentes elementos metálicos retirados durante los trabajos deben separarse para facilitar su posterior gestión y recuperación.
Plástico
Los residuos plásticos generados durante los trabajos constituyen otra de las fracciones cuya clasificación separada establece la normativa.
Vidrio
Los elementos de vidrio procedentes de cerramientos, ventanas u otros componentes deben clasificarse de forma diferenciada.
Yeso
Los residuos de yeso también deben clasificarse separadamente, evitando su mezcla indiscriminada con otras fracciones.
¿Y los elementos que pueden volver a utilizarse?
La normativa también establece la clasificación de elementos susceptibles de reutilización, como tejas, sanitarios o determinados elementos estructurales.
Demolición selectiva: obligatoria desde 2024
La demolición selectiva consiste en planificar y ejecutar los trabajos de forma que sea posible retirar y separar progresivamente los diferentes materiales que componen una construcción.
Desde el 1 de enero de 2024, la Ley 7/2022 establece el carácter obligatorio de la demolición selectiva, garantizando la retirada de, al menos, las fracciones de materiales cuya clasificación exige la propia ley.
Cuando no exista obligación de disponer de un estudio de gestión de residuos, debe realizarse previamente un estudio que identifique las cantidades que se prevé generar de cada una de estas fracciones y contemple su tratamiento conforme a la jerarquía de residuos.
Identificar los materiales
Conocer previamente qué materiales y residuos pueden aparecer durante los trabajos.
Planificar la secuencia
Organizar la demolición teniendo en cuenta la retirada y separación de los distintos elementos y materiales.
Separar las fracciones
Evitar, siempre que corresponda, que materiales que deben gestionarse separadamente terminen mezclados durante el derribo.
Facilitar su valorización
Una mejor separación permite aumentar las posibilidades de reutilización, reciclaje y recuperación de los materiales generados.
Residuos peligrosos: una excepción importante
La separación de RCD no sustituye las obligaciones específicas aplicables a los residuos peligrosos. En una demolición, las sustancias peligrosas deben retirarse sin mezclarlas con otros residuos y manipularse de forma segura. La Ley 7/2022 menciona expresamente el amianto.
Gestión y entrega de los RCD
Cuando los residuos de construcción y demolición no se gestionan directamente en la propia obra, deben entregarse a un gestor de residuos que esté debidamente autorizado o registrado para realizar las operaciones correspondientes.
La normativa establece además una prioridad en su destino: los RCD deben dirigirse preferentemente a operaciones de reutilización, reciclaje y otras formas de valorización, antes que a su eliminación. BOE
¿Qué implica en la práctica?
Separación y almacenamiento
Los diferentes residuos se mantienen separados y en condiciones adecuadas hasta que puedan retirarse de la obra.
Retirada y transporte
Los residuos se cargan y trasladan desde la obra hasta la instalación correspondiente utilizando los medios adecuados para cada tipo de residuo.
Entrega al gestor
Los RCD se entregan a una instalación o gestor habilitado para realizar las operaciones de tratamiento correspondientes.
Tratamiento
En función de sus características, los residuos pueden someterse a operaciones de clasificación, reutilización, reciclaje, valorización o, cuando corresponda, eliminación.
Documentación y acreditación de la gestión de los RCD
La entrega y traslado de los residuos debe quedar documentada para garantizar su trazabilidad desde la obra en la que se generan hasta la instalación en la que serán tratados.
El poseedor debe facilitar al productor los certificados y demás documentación que permitan acreditar la correcta gestión de los residuos. El Real Decreto 105/2008 establece además la conservación de esta documentación durante los cinco años siguientes. BOE
Documento de entrega
La entrega de RCD a un gestor debe quedar reflejada documentalmente, identificando aspectos como su procedencia, cantidad, tipo de residuo y gestor de destino. BOE
Documento de identificación
Los traslados de residuos deben ir acompañados por un documento de identificación desde su origen hasta la recepción en la instalación de destino.
Certificado de gestión
El gestor debe emitir la documentación acreditativa correspondiente a los residuos recibidos y a su gestión, permitiendo justificar posteriormente su correcto tratamiento.
Conservación de la documentación
La documentación permite mantener la trazabilidad de los residuos y acreditar ante la propiedad o la Administración que su gestión se ha realizado correctamente.
¿Qué información identifica los residuos entregados?
La documentación de entrega puede recoger, entre otros datos:
- Identificación del productor y del poseedor.
- Obra de procedencia.
- Cantidad de residuos.
- Tipo de residuo y su correspondiente código.
- Gestor al que se entregan.
- Destino posterior de los residuos cuando corresponda
Documentación para el traslado de residuos
Los traslados de residuos están regulados además por el Real Decreto 553/2020. Entre la documentación que puede intervenir se encuentran el contrato de tratamiento y el documento de identificación. Determinados traslados también están sujetos a notificación previa.
Gestión de RCD en la Comunidad de Madrid
En la Comunidad de Madrid, la gestión de los residuos de construcción y demolición está sometida tanto a la normativa estatal como a la regulación autonómica y, en determinados aspectos, a las ordenanzas y procedimientos establecidos por los ayuntamientos.
La Comunidad de Madrid distingue además entre RCD de Nivel I y RCD de Nivel II, en función de su procedencia y características.
RCD de Nivel I
Son principalmente las tierras y materiales pétreos no contaminados procedentes de excavaciones y movimientos de tierras realizados durante obras de construcción.
RCD de Nivel II
Comprenden los residuos generados principalmente en actividades de construcción, demolición, reparación o implantación de servicios que no se encuadran dentro de los RCD de Nivel I.
Gestión de RCD en la Comunidad de Madrid
En determinadas obras sometidas a licencia municipal u otras formas de intervención municipal puede exigirse la constitución de una fianza o garantía financiera equivalente que garantice la correcta gestión de los residuos generados.
Su aplicación y cálculo deben comprobarse según el tipo de actuación y la regulación del Ayuntamiento correspondiente. Una vez acreditada documentalmente la correcta gestión de los residuos, puede procederse a la devolución de la garantía.
Residuos peligrosos durante una demolición
Antes de iniciar una demolición es importante identificar si en el inmueble existen materiales o sustancias que puedan tener la consideración de residuos peligrosos.
La Ley 7/2022 establece que, durante las obras de demolición, las sustancias peligrosas deben retirarse evitando su mezcla con otros residuos y manipularse de manera segura. La normativa menciona expresamente el amianto.
¿Qué implica en la práctica?
Identificación
Antes y durante los trabajos debe prestarse atención a la posible presencia de materiales que requieran una gestión específica.
Retirada diferenciada
Los materiales peligrosos no deben mezclarse con los RCD convencionales generados durante la demolición.
Manipulación segura
Su retirada y manipulación deben realizarse aplicando los procedimientos y requisitos específicos correspondientes al material identificado.
Gestión específica
Estos residuos deben seguir los procedimientos de almacenamiento, transporte y tratamiento establecidos para su naturaleza.
¿Qué ocurre si aparece amianto?
La presencia de materiales con amianto requiere una gestión específica y diferenciada respecto a los RCD convencionales.
La Ley 7/2022 establece expresamente que el amianto debe retirarse de forma segura y sin mezclarse con otros residuos durante las obras de demolición. Además, su retirada está sometida a normativa específica de protección de los trabajadores y gestión de residuos peligrosos. BOE
Por este motivo, si existe sospecha de presencia de amianto, debe identificarse antes de proceder a su retirada y recurrir a los procedimientos y profesionales habilitados que correspondan.
Normativa y gestión de residuos
Cumplir la normativa es solo una parte del proceso. La correcta gestión de los residuos requiere identificar los materiales generados, separarlos, organizar su retirada y garantizar su entrega y tratamiento adecuados.
La Ley 7/2022 establece expresamente que el amianto debe retirarse de forma segura y sin mezclarse con otros residuos durante las obras de demolición. Además, su retirada está sometida a normativa específica de protección de los trabajadores y gestión de residuos peligrosos. BOE
La Ley 7/2022 establece expresamente que el amianto debe retirarse de forma segura y sin mezclarse con otros residuos durante las obras de demolición. Además, su retirada está sometida a normativa específica de protección de los trabajadores y gestión de residuos peligrosos. BOE
Preguntas frecuentes sobre limpieza fin de obra
Sí. La Ley 7/2022 establece que los RCD no peligrosos deben clasificarse, al menos, en las siguientes fracciones: madera, fracciones minerales, metales, vidrio, plástico y yeso. También deben clasificarse los elementos susceptibles de reutilización y la separación debe realizarse preferentemente en el lugar donde se generan los residuos.
La Ley 7/2022 establece que desde el 1 de enero de 2024 la demolición debe realizarse de forma selectiva, garantizando la retirada de, al menos, las fracciones de materiales cuya clasificación establece la propia normativa. El objetivo es facilitar la reutilización, el reciclaje y otras formas de valorización de los materiales.
La normativa diferencia entre el productor de RCD y el poseedor de RCD, atribuyendo obligaciones diferentes a cada uno. De forma general, el productor está vinculado al titular de la actuación que genera los residuos, mientras que quien ejecuta materialmente la obra o demolición puede tener la consideración de poseedor.
Cuando los RCD no sean gestionados directamente por su poseedor conforme a la normativa, deben entregarse a un gestor de residuos autorizado o registrado para su valorización o eliminación. Esta entrega debe quedar debidamente documentada para mantener la trazabilidad de los residuos.
La gestión genera documentación que permite acreditar la procedencia, cantidad, tipo y destino de los residuos. Dependiendo del caso pueden intervenir documentos de identificación, justificantes de entrega y certificados emitidos por los gestores. El poseedor debe facilitar al productor la documentación acreditativa correspondiente.
El amianto requiere una gestión específica. La Ley 7/2022 establece que las sustancias peligrosas deben retirarse de las construcciones antes o durante la demolición evitando su mezcla con otros residuos y deben manipularse de manera segura. La retirada de materiales con amianto está además sometida a normativa específica, por lo que no debe tratarse como un RCD convencional.
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